domingo, 9 de noviembre de 2014

PROPONE DIPUTADA AMELIA MARÍN AMPLIAR EDAD PARA RETIRO FORZOSO DE MAGISTRADOS DEL PODER JUDICIAL

  • La diputada presentó la iniciativa con el fin de evitar discriminación por motivos de la edad en el cargo de Magistrados del Poder Judicial del Estado.


   Con la finalidad de garantizar el respeto a los derechos y libertades de las personas, consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la diputada Amelia Marín Méndez presentó en tribuna durante la pasada sesión la iniciativa de reforma que amplía la edad para el retiro forzoso de los Magistrados del Poder Judicial del Estado.


    La legisladora intégrate del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (GPPAN), Amelia Marín Méndez, dentro de la exposición de motivos explicó que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que en nuestro País, está prohibida toda discriminación que tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas, o que atente contra la dignidad humana, destacando que la edad no puede ser un motivo para discriminar.

    En el caso de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para su nombramiento se demanda que tengan cuando menos, al día de su designación, 35 años de edad, pero no se determina que al cumplir cierta edad, estén obligados a un retiro forzoso, en nuestro Estado -cita el documento- en el caso de los Magistrados del Poder Judicial de nuestro Estado, de conformidad con el texto vigente del párrafo décimo primero, del artículo 89 de nuestra Constitución Estatal, al cumplir 65 años de edad, están obligados a separarse del cargo de manera obligatoria, sin importar si ya se cumplió el periodo para el que fueron nombrados por esta Soberanía Popular.

   En este sentido, la diputada Amelia Marín citó: "imaginémonos que se nombra a un Magistrado para un periodo de 6 años, cuando tiene 64 años de edad, bajo esta hipótesis solo estaría en el cargo un año, ya que aplicando el texto vigente del párrafo décimo primero del artículo 89 de nuestra Constitución, estaría obligado a un retiro forzoso, lo que parece totalmente ilógico".

    Y es que, señaló que la Constitución Federal, claramente señala que está prohibida la discriminación por motivos de la edad, y por otra parte, el retiro forzoso para Jueces de Distrito y Magistrado de los Tribunales Colegiados del Poder Judicial de la Federación, se produce cuando cumplen 70 años de edad; si para el titular del Poder Ejecutivo, y para los Legisladores Locales, no se determina una edad límite, para separarse del cargo antes de que concluya el periodo para el que fueron electos.
  
     La propuesta de la legisladora que reforma el párrafo décimo primero del artículo 89 de la Constitución Política del Estado de Morelos, para quedar de la siguiente forma: 
Articulo 89.-… 

    El retiro forzoso de los Magistrados se producirá al cumplir setenta años de edad o por sobrevenir incapacidad física o mental que imposibilite el desempeño del cargo o de manera voluntaria. La Ley preverá los casos en que tendrán derecho a un haber por retiro en forma proporcional al tiempo en que ejercieron en los términos de Ley.


    Finalmente, Marín Méndez destacó que por ello la necesidad modificar la Constitución con el fin de que, cuando menos, la edad para retirarse sea la misma que se establece para Jueces de Distrito y Magistrados de los Tribunales Colegiados, es decir, al cumplir 70 años de edad, que es lo que se está proponiendo.

1 comentario:

  1. ya aprobada esta reforma, cuando se designe magistrado a una persona de 69 años, van a decir hay pobrecito solo va ser magistrado por un año y van a querer ampliarlo a 75.

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